Tu aliada en el conflicto

La mediación no compite con tu trabajo. Lo complementa.

Como mediadora, mi función es facilitar el diálogo entre las partes —no sustituir el asesoramiento jurídico que tú ya estás prestando a tu cliente.

Cuando derives un caso a mediación, tu cliente sigue siendo tuyo. Tú sigues siendo su abogado/a, su referente legal, quien le acompaña y le protege durante todo el proceso. Yo me ocupo de la conversación. Tú te ocupas de su asesoramiento. (art. 13 Ley 5/2012). 

En mi experiencia como abogada de familia durante catorce años, aprendí que los mejores resultados para los clientes llegan cuando el proceso legal y el proceso humano avanzan juntos. Por eso trabajo mano a mano con los profesionales del derecho —con fluidez, con transparencia y con respeto mutuo.

Tu cliente sigue siendo tuyo

Resultados más prácticos y predecibles

CUMPLES CON TU DEBER DEONTOLÓGICO

La mediación no interrumpe la relación abogado-cliente. La refuerza: un cliente que alcanza un buen acuerdo confía más en quien le asesoró.

Un acuerdo en mediación se alcanza en semanas, no en años. Y su cumplimiento es mucho más alto que el de una sentencia impuesta.

El art. 48 del Estatuto General de la Abogacía obliga a informar al cliente sobre las vías alternativas. La mediación puede ser la más eficaz.

Tu cliente sigue siendo tuyo

La mediación no interrumpe la relación abogado-cliente. La refuerza: un cliente que alcanza un buen acuerdo confía más en quien le asesoró.

Resultados más prácticos y predecibles

Un acuerdo en mediación se alcanza en semanas, no en años. Y su cumplimiento es mucho más alto que el de una sentencia impuesta.

CUMPLES CON TU DEBER DEONTOLÓGICO

El art. 48 del Estatuto General de la Abogacía obliga a informar al cliente sobre las vías alternativas. La mediación puede ser la más eficaz.

El rol del abogado en el proceso de mediación

Participar en un proceso de mediación no significa desaparecer. Significa acompañar a tu cliente de una forma diferente —y muchas veces más efectiva.

1

Asesor estratégico antes de cada sesión

Entre sesión y sesión, tu cliente necesita tu criterio jurídico: qué puede ceder, qué debe proteger, qué implicaciones legales tiene cada propuesta.

Acompañante en las sesiones, si se decide así

Si ambas partes están de acuerdo, los abogados pueden asistir a las sesiones. Su papel es de apoyo y asesoramiento, no de portavoz: la voz principal es siempre la de las partes.

2
3

Redactor o revisor del acuerdo final

La redacción técnica es crucial. Muchos abogados participan activamente en la revisión del documento final para garantizar precisión jurídica sin ambigüedades.

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Asesor estratégico antes de cada sesión

Entre sesión y sesión, tu cliente necesita tu criterio jurídico: qué puede ceder, qué debe proteger, qué implicaciones legales tiene cada propuesta.

2

Acompañante en las sesiones, si se decide así

Si ambas partes están de acuerdo, los abogados pueden asistir a las sesiones. Su papel es de apoyo y asesoramiento, no de portavoz: la voz principal es siempre la de las partes.

3

Redactor o revisor del acuerdo final

La redacción técnica es crucial. Muchos abogados participan activamente en la revisión del documento final para garantizar precisión jurídica sin ambigüedades.

Marco legal de referencia

Art. 48

RD 135/2021

Deber deontológico — Estatuto General de la Abogacía

Obligación de informar al cliente sobre las vías alternativas y aconsejarle sobre métodos extrajudiciales de resolución.

Art. 5
LO 1/2025

Requisito de procedibilidad — MASC previo obligatorio

Para que sea admisible la demanda, es requisito haber intentado previamente un medio adecuado de solución de controversias.

Art. 6
Ley 5/2012

Qué basta para cumplir el requisito

Basta con la celebración de la sesión inicial ante el mediador. Nadie está obligado a continuar ni a concluir un acuerdo.

Art. 9
LO 1/2025

Confidencialidad — también para los abogados

Todo lo tratado en mediación está protegido. No puede usarse como prueba en sede judicial.

Art. 403.2
LEC

Consecuencia de no acreditar el intento

La demanda será inadmitida a trámite si no se acredita el intento previo. El defecto es insubsanable.

“Trabajar con mediación no es perder un cliente. Es acompañarle mejor”.

Aspectos prácticos para tu despacho

  • Cuando existe relación continuada entre las partes y el vínculo tiene valor más allá del conflicto.

  • Cuando el coste o la duración del proceso judicial pueda ser desproporcionado respecto al objeto del litigio.

  • Cuando hay hijos menores o personas vulnerables involucradas y el impacto humano importa tanto como el resultado.

  • Cuando el resultado del juicio es incierto y las posiciones tienen proximidad suficiente para negociar.

El MASC previo no es exigible en (art. 5 LO 1/2025):

  • Tutela de derechos fundamentales
  • Filiación, paternidad y maternidad; incapacidades y tutelas
  • Protección de menores (art. 158 CC)
  • Medidas cautelares previas a la demanda
  • Juicio cambiario y demandas ejecutivas
  • Procedimientos penales, laborales y concursales
  • Litigios frente a la Administración Pública
  • Violencia de género y orden público
  • Si tu cliente se niega injustificadamente al MASC y pierde, el juez puede imponerle todas las costas.
  • La negativa puede perjudicar al demandado incluso si gana: el juez valora la conducta al decidir sobre costas
  • Posibles multas por uso abusivo del servicio público si la declaración responsable resulta inveraz.

 

Importante: el tribunal controlará la veracidad del intento extrajudicial. La buena fe es un requisito material, no solo formal.