¿Qué es exactamente la mediación?

La mediación ofrece una manera diferente de afrontar los conflictos: en lugar de enfrentarse, las personas dialogan, se escuchan y recuperan la posibilidad de entenderse. Es un proceso en el que cada parte conserva el control sobre sus decisiones y participa activamente en la búsqueda de soluciones que sienten como propias.

Al mismo tiempo, la mediación es también un espacio de reflexión personal: un tiempo para pensar con calma en lo que uno desea, para qué lo desea y cómo quiere construirlo. Frente a otras vías más rígidas o impersonales, la mediación pone el acento en lo humano, cuidando a las personas y su relación.

El proceso de mediación y la figura del mediador/a se regulan en el Ley 5/2012, 6 julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

“Un espacio para reflexionar, dialogar, comprender y decidir.”

Una nueva forma de entender la justicia: La mediación y otros MASC

Hay conflictos que se resuelven mejor sentándose a hablar que enfrentándose en un proceso. Por eso la Ley Orgánica 1/2025 introduce los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como requisito previo a cualquier demanda civil o mercantil; como una oportunidad real para:

  • Resolver el conflicto de forma humana, dialogada y duradera.
  • Hacer protagonistas a las personas de sus propios problemas y de sus soluciones.
  • Reducir el conflicto, al ser el acuerdo alcanzado libremente entre las partes.

Un proceso donde tú y la otra parte construís juntos la solución desde el diálogo, el respeto y la lealtad. Donde la solución al conflicto es el resultado concreto de una conversación bien acompañada.

La ley lo resume con una imagen que lo dice todo: “Antes de entrar en el templo de la Justicia, se ha de pasar por el templo de la concordia.”

¿Cómo funciona la mediación?

La mediación es un proceso estrictamente voluntario. Solo puede iniciarse si todas las partes quieren participar. No existe la mediación impuesta. Una vez iniciado el proceso, cualquier parte puede ponerle fin en cualquier momento, sin necesidad de justificarlo. Tienes el control en todo momento.

Art. 6.3 Ley 5/2012: “Nadie está obligado a mantenerse en el procedimiento de mediación ni a concluir un acuerdo.”

Todo lo que ocurre en mediación está protegido. Esta protección es lo que te permite hablar con total libertad, explorar soluciones sin miedo a que se usen en tu contra. Queda protegido:

  • La información intercambiada en las sesione.
  • Los documentos y comunicaciones generados en el proceso.
  • Los borradores de acuerdos, aunque no lleguen a firmarse.
  • Las propuestas de solución planteadas por cualquiera de las partes.

 

IMPORTANTE: si alguna parte presentara material de la mediación ante un Tribunal, este deberá rechazar su admisión como prueba.

Artículo 9 Ley 5/2012: “El procedimiento de mediación y la documentación utilizada en el mismo es confidencial.”

La mediación funciona cuando las personas traen consigo la disposición real de escuchar y de buscar una solución. Eso no significa ceder en todo —significa comprometerse con el proceso:

  • Buena fe: participar con verdadero espíritu colaborativo, no para ganar tiempo o información.
  • Respeto mutuo: reconocer al otro como persona con intereses legítimos que merecen ser escuchados.
  • Lealtad: respetar lo que se va acordando. La mediación avanza cuando las partes se comprometen.

El mediador/a no decide ni impone soluciones. Su función es facilitar la comunicación y ayudar a las partes a encontrar su propio acuerdo.

Para que esto sea posible, las partes deben colaborar activamente: asistiendo a las reuniones, proporcionando la información solicitada y participando con disposición real.

El mediador/a no tiene opinión sobre quién tiene razón ni sobre qué solución es mejor. No está de tu lado ni del lado de la otra parte. Está de parte del proceso y del acuerdo.

  • No se posiciona a favor de ninguna parte ni de ninguna solución propuesta.
  • No valora ni juzga las posibles soluciones: ese juicio es vuestro, no suyo.
  • Se abstendrá si existe cualquier conflicto de intereses con el asunto o con alguna de las partes.

Artículo 13.5º Ley 5/2012: “ El mediador debe revelar cualquier circunstancia que pueda afectar a su imparcialidad y abstenerse si no puede garantizar su neutralidad”

Fases del proceso de mediación